SECCIÓN TÉCNICA
DOCUMENTOS PARA LA CERTIFICACIÓN PALAIOTITAS PROPIEDAD DE LA TIERRA ANTES DEL AÑO 1955
1.Αίτηση – Declaración jurada de los interesados
2.Δύο (2) declaraciones juradas de testigos que acredite la fecha de la construcción / almacén.
3.Δύο (2) fotografías del terreno o edificio.
DOCUMENTOS PARA LOS CERTIFICADOS DE MANERA
1.Αίτηση – Declaración jurada de los interesados
2.Δύο (2) Cartas topográficas, uno de los cuales presentó el certificado adjunto.
Hechos de registro
Las declaraciones de nacimiento
De acuerdo con la Ley de Registro 344/1976 deberá dentro de los diez (10) días después del parto para indicar el nacimiento del Secretario del lugar donde el evento se llevó a cabo con la certificación del médico o la partera. En caso de declaración tardía sin sanciones (multas).
Obligado a declarar el hecho es: 1. padre, 2. doctor, 3. partera, 4. asistir a todas las madres del parto 5. 's, o un agente que tiene un mandato específico, mediante poder notarial.
El solicitante deberá presentar la identidad adicionales, certificado de estado civil y el certificado de matrimonio para proceder al registro de.
BAUTISMO
Σύμφωνα με το Ληξιαρχικό Νόμο 344/1976 πρέπει να καταχωρηθεί εντός ενενήντα (90) días desde la fecha del incidente. Obligado a declarar su bautismo:
1. El bautizado siempre que hayan completado 14 años de edad,
2. El padre o la madre o quien tiene la custodia del niño,
3. El Padrino,
4. Los parientes’ consanguinidad hasta el tercer grado que tiene con sus identidades.
Al margen de la partida de nacimiento registrada el bautismo con el nombre del niño, incluyendo la fecha del bautismo, el contratista, el sacerdote y los testigos.
Si el bautismo realizado en otra parte de este nacimiento, el registrador del lugar del bautismo recibe la declaración y el informe sobre el bautismo en los reportes de libros. Una copia de este informe, en un plazo de diez (10) días para el registro del lugar de nacimiento.
DENOMINACIÓN
El nombre del recién nacido en el certificado de nacimiento después de una declaración de los padres que ejercen la patria potestad o de uno si la autorización del otro autenticada por un público. municipio donde. Si un padre no existe o no tiene la patria potestad o de una declaración del nombre es del otro padre que tiene con él su identidad.
Una vez que el nombre de bautismo será el mismo que el de nomenclatura.
BODA
De acuerdo con la Ley de Registro 344/1976 el matrimonio se indica en el registro del lugar en el que surgió a través de cuarenta días (40) mediante la presentación de copias de los documentos preparados por el Alcalde o el Presidente de la comunidad o el sacerdote que bendijo el matrimonio. Se requiere una copia de este acto para enviar el anterior.
Se requiere para la declaración del matrimonio es el esposo / esposa o una tercera persona con un poder especial que presenta la identidad de los interesados.
En caso de declaración tardía sin sanciones (multas).
MUERTE
De acuerdo con la Ley de Registro 344/1976 el certificado de defunción, hecho en el plazo de veinticuatro (24) hora de la muerte, traído después de la certificación por escrito del médico hospitalizado el consejero fallecido o médico forense o médico designado por la autoridad policial correspondiente. En ausencia de estos médicos el certificado de defunción hecha por la autoridad policial competente.
Se requiere que el médico en todos los casos de muerte que indica la causa de la muerte citando el original, intermedia y final.
Obligado a declarar la muerte es el de los familiares de fallecidos, compañeros o asistentes. La declaración puede ser hecha de la funeraria donde el funeral fue comisionado o autorizado empleado de la oficina.



















